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Artículo 2 de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro de Conciliación es una oficina que depende del gobierno del estado, pero funciona por su cuenta: tiene su propio dinero, sus propias reglas y puede tomar decisiones sin que nadie más le diga cómo hacerlo. Está hecho para ayudar a resolver conflictos, especialmente los relacionados con el trabajo. Aunque es independiente, está bajo la supervisión de la Secretaría del Trabajo del Gobierno del Estado. En términos simples, es como un organismo autónomo que se encarga de mediar en problemas laborales.

Texto oficial

Artículo 2. El Centro de Conciliación es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, dotado de plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión. Estará sectorizado a la Secretaría del Trabajo del Poder Ejecutivo del Estado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.