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Artículo 27 de la Ley por la que se crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ecatepec de Morelos, México (IMCUFIDEEM)

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 27 dice que el trabajo del personal de este Instituto se va a regir por una ley especial para empleados públicos del Estado de México y sus municipios, más otras reglas que apliquen. En los artículos transitorios se explica que esta ley se publicará en el periódico oficial del gobierno y empezará a aplicarse al día siguiente de esa publicación. El Ayuntamiento de Ecatepec será el encargado de poner en marcha el Instituto, de darle el personal, los materiales y el dinero que necesite para empezar a funcionar. Además, la Junta Directiva del Instituto tendrá hasta 30 días hábiles después de instalarse para crear su reglamento interno.

Texto oficial

ARTÍCULO 27.- Las relaciones laborales entre el Instituto y sus trabajadores, se regirán por la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios y demás disposiciones jurídicas aplicables. TRANSITORIOS PRIMERO. Publíquese la presente Ley en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. SEGUNDO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. TERCERO. El Ayuntamiento de Ecatepec de Morelos, Estado de México, proveerá lo necesario para la instalación del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte. CUARTO. El Ayuntamiento de Ecatepec de Morelos, Estado de México, proveerá lo conducente para que el Instituto cuente con los recursos humanos, materiales y financieros requeridos para su conformación. QUINTO. La Junta Directiva del Instituto expedirá el Reglamento Interno en un plazo no mayor a treinta días hábiles posteriores a su instalación. Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla. Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los dos días del mes de julio del año dos mil veinte.- Presidente.- Dip. Mónica Angélica Álvarez Nemer.- Secretarios.- Dip. Valentín González Bautista.- Dip. Bernardo Segura Rivera.- Dip. Araceli Casasola Salazar.- Rúbricas. Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento. Toluca de Lerdo, México, a 20 de julio de 2020. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA (RÚBRICA). EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO LIC. SERGIO ALEJANDRO OZUNA RIVERO (RÚBRICA). Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 24 de julio de 2020. Sin reformas LEY POR LA QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE ECATEPEC DE MORELOS, MÉXICO (IMCUFIDEEM) 8 APROBACIÓN: 2 de julio de 2020. PROMULGACIÓN: 20 de julio de 2020. PUBLICACIÓN: 24 de julio de 2020. VIGENCIA: El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.