Artículo 26 de la Ley de Turismo Sostenible y Desarrollo Artesanal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Programa de Turismo debe incluir un plan con las metas y acciones que se van a tomar. Para que quede claro, la ley menciona algunos ejemplos de lo que debe contener, pero no son los únicos. Entre esos ejemplos están: promover el turismo, mejorar la infraestructura, cuidar las zonas turísticas y aprovechar la historia y cultura de cada región. También habla de dar servicios turísticos, capacitar a quienes trabajan en el ramo y crear formas de financiamiento y coordinación entre el gobierno, las empresas y la sociedad. En pocas palabras, es una lista de todo lo que hay que tomar en cuenta para que el turismo funcione bien y sea sostenible.
Texto oficial
Artículo 26. El Programa determinará las políticas, objetivos, prioridades, metas, lineamientos y acciones a impulsar conforme a esta Ley, y tendrá que referirse, de manera enunciativa y no limitativa, a los siguientes aspectos: I. Fomento y promoción turística; II. Infraestructura y atractivos turísticos; III. Zonas de Interés Turístico Sustentable; IV. Proyectos estratégicos de desarrollo turístico; V. Aprovechamiento turístico del patrimonio histórico, cultural y arquitectónico de cada región; VI. Servicios Turísticos primordiales y complementarios; VII. Desarrollo del turismo sostenible y accesible; VIII. Las formas de hacer turismo que reconoce esta Ley; IX. Atención y facilitación de la actividad turística; X. Capacitación y certificación a los prestadores de servicios turísticos; XI. Mecanismos de estímulo y financiamiento a la actividad turística, y XII. Mecanismos de coordinación y participación con los sectores público, social y privado para el impulso y fomento de la actividad turística. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 6 de enero de 2021. Última reforma POGG 28 de abril de 2026. LEY DE TURISMO SOSTENIBLE Y DESARROLLO ARTESANAL DEL ESTADO DE MÉXICO 16
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.