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Artículo 8 de la Ley de Justicia Cotidiana del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que desde el principio de un problema legal, el gobierno te va a dar asesoría y orientación gratuita sobre temas de la vida diaria, como problemas con rentas, deudas o divorcios. Te explicarán todas las opciones que tienes para resolverlo, pero van a recomendarte primero platicar y llegar a un acuerdo, en lugar de ir a juicio. A eso le llaman "mecanismos alternativos", como la mediación o la conciliación. La idea es que puedas solucionar tu conflicto de forma más rápida y sin pelearte en los tribunales.

Texto oficial

Artículo 8. La asistencia jurídica temprana contempla la asesoría jurídica y orientación a la ciudadanía en materia de justicia cotidiana, encaminada a brindar información respecto de todos los medios posibles para la solución de sus conflictos jurídicos, privilegiando la solución de conflictos a través del diálogo y el uso de mecanismos alternativos de solución de controversias.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.