Artículo 24 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal Denominado Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Consultivo es un grupo de personas que dan consejos y sugerencias para mejorar el Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango. Sus tareas son: proponerle al director mejoras para que el hospital funcione mejor técnicamente, dar su opinión sobre los programas de enseñanza e investigación, sugerir formas nuevas de conseguir recursos para tener más dinero o bienes, y hacer cualquier otra cosa que le pida el reglamento interno o el director general.
Texto oficial
Artículo 24.- El Consejo Consultivo tendrá las funciones siguientes: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 8 de agosto de 2007. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL DENOMINADO HOSPITAL REGIONAL DE ALTA ESPECIALIDAD DE ZUMPANGO 10 I. Proponer al Director General la adopción de medidas de orden general, tendientes al mejoramiento técnico operacional del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango, cuando sea requerido al efecto; II. Opinar sobre los programas de enseñanza e investigación del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango; III. Proponer al Director General la implementación de esquemas innovadores para la generación de recursos para el incremento del patrimonio; IV. Realizar las demás funciones que le confiera el Reglamento Interior o el Director General por acuerdo del Consejo Interno. CAPÍTULO SEXTO DEL PERSONAL ADSCRITO AL HOSPITAL
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.