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Ley
Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal Denominado Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango
Artículo
23

Artículo 23 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal Denominado Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ser consejero en el Hospital de Zumpango es un cargo honorífico, o sea que no te pagan por hacerlo. Solo pueden ser consejeros los servidores públicos que ya trabajan en ese hospital. Esto significa que no puedes llegar de fuera a pedir ese puesto, tiene que ser alguien que ya esté chambiando ahí.

Texto oficial

Artículo 23.- El cargo de Consejero, será honorífico, y estará conformado por servidores públicos que laboren en el Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango.

Ver texto oficial de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal Denominado Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango (pág. 9) ↗

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