Artículo 4 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal Denominado Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Hospital de Zumpango va a tener las oficinas y áreas de trabajo que ya están aprobadas en su Reglamento Interno. Esas unidades administrativas son como los departamentos o secciones donde se hacen los distintos trámites y actividades del hospital. En pocas palabras, el hospital no puede inventar áreas nuevas por su cuenta, solo puede operar con las que ya están autorizadas por escrito.
Texto oficial
Artículo 4.- El Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango contará con las unidades administrativas autorizadas en su Reglamento Interior. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 8 de agosto de 2007. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL DENOMINADO HOSPITAL REGIONAL DE ALTA ESPECIALIDAD DE ZUMPANGO 3
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