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Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo tiene como tareas principales: aprobar el reglamento interno y el manual de organización del Instituto de Deporte de Tlalnepantla, definir sus reglas generales y asignarle su patrimonio (sus bienes y recursos). También debe aprobar los planes y proyectos que proponga el Director, revisar y autorizar el presupuesto anual y los estados financieros (documentos que muestran el dinero que entra y sale), y nombrar o quitar al Director cuando sea necesario. Además, evalúa si los programas del Instituto están funcionando bien, busca conseguir dinero de otras fuentes (como patrocinios), y puede invitar a funcionarios de otros niveles de gobierno a sus juntas si se necesita. Por último, tiene cualquier otra función que le den esta ley y otras reglas relacionadas.

Texto oficial

ARTÍCULO 22.- Son atribuciones del Consejo: I. Aprobar el Reglamento Interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz; III. Aprobar el Manual de Organización del Instituto; IV. Asignar el patrimonio al Instituto; V. Aprobar, en su caso, los proyectos, los planes y programas que proponga la Directora o Director para la consecución de sus objetivos; VI. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte de la Directora o Director; VII. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos del Instituto; VIII. Nombrar, ratificar o remover a la Directora o Director; IX. Evaluar los planes y programas del Instituto; X. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; XI. Invitar a sus sesiones a otras y otros servidores públicos de los tres ámbitos de gobierno, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y XII. Las demás que se deriven de la presente ley y de los ordenamientos jurídicos correlativos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

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