Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Se creó el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz, que es una institución pública que funciona por su cuenta, sin depender directamente del gobierno municipal. Este organismo tiene su propio dinero, bienes y derechos, y puede tomar decisiones legales por sí mismo, como firmar contratos o abrir cuentas de banco. En pocas palabras, es como una oficina especial que maneja todo lo relacionado con el deporte y la activación física en el municipio, pero con su propio presupuesto y reglas.
- Art. 2Este artículo dice que el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla tiene que seguir un montón de leyes para funcionar. Primero, debe cumplir con la Constitución de México, que es la ley más importante del país. Luego, tiene que acatar la Ley General de Cultura Física y Deporte, que aplica en todo México, y también la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, que organiza cómo trabajan los municipios. Aparte, debe respetar la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México, que es la versión estatal de esa misma ley. Por último, tiene que cumplir con cualquier otra ley que le sea aplicable.
- Art. 3El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla es como una persona jurídica que tiene derechos y obligaciones, por lo que puede actuar por su cuenta. Se le da la libertad necesaria para organizarse y tomar decisiones sin que el gobierno municipal le ordene cada paso. Esto lo hace para asegurarse de que cumpla bien su trabajo: ofrecer servicios de deporte y activación física a la gente. En pocas palabras, el Instituto puede operar solo dentro de ciertas reglas para darle mejores oportunidades a la comunidad.
- Art. 4El Instituto va a funcionar siguiendo cinco reglas básicas. Primero, la gente del municipio puede participar y opinar en lo que haga. Segundo, se busca que nadie quede fuera, tratando igual a hombres y mujeres. Tercero, todo debe ser accesible para cualquier persona, sin importar sus capacidades. Cuarto, el Instituto tiene que ser transparente y explicar en qué gasta el dinero. Quinto, deben capacitarse bien para ofrecer un deporte de calidad.
- Art. 5El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz fue creado para que tú y tu comunidad puedan hacer más ejercicio y deporte. Su función principal es organizar eventos deportivos, mejorar las canchas y gimnasios del municipio, y ofrecer programas para todas las personas, sin importar su edad o condición. También se encarga de apoyar a los atletas locales para que puedan competir mejor y de promover el deporte como una forma de cuidar tu salud y prevenir problemas como la violencia. Además, busca que el deporte se practique en todos lados, incluso en tu trabajo, y que las instalaciones estén adaptadas para que cualquier persona pueda usarlas. Por último, usa el deporte para que Tlalnepantla sea más conocido en todo el país y el mundo.
- Art. 6El artículo 6 dice cuáles son las obligaciones y poderes del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz. Básicamente, el Instituto tiene que hacer y poner en marcha planes de deporte para el municipio, y trabajar de la mano con autoridades de otros niveles de gobierno. También debe capacitar a entrenadores y personas del deporte, fomentar el deporte en escuelas y entre la gente común, y organizar torneos y competencias. Otras tareas importantes son cuidar las instalaciones deportivas del municipio, llevar un registro de deportistas y clubes, y presentar informes de su trabajo al Ayuntamiento para que todos sepan cómo va todo. Finalmente, debe escuchar a la ciudadanía para planear y mejorar sus programas.
- Art. 7El Instituto, al crear y aplicar sus programas, debe darle preferencia a cuatro cosas. Primero, incluir a grupos vulnerables, como personas de escasos recursos o en situación de riesgo. Segundo, enfocarse en las zonas más pobres o con más delincuencia. Tercero, asegurarse de que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades. Y cuarto, siempre respetar los derechos humanos y cuidar la salud física y mental de la gente.
- Art. 8Este artículo habla del programa de deporte para estudiantes del municipio. Con él se busca que los jóvenes ocupen su tiempo libre en cosas útiles, desarrollen sus habilidades y aprendan a convivir mejor y ser responsables con los demás. Lo que se quiere lograr es que los estudiantes formen clubes deportivos dentro y fuera de las escuelas. El municipio les dará asesoría para organizarse, entrenar y participar en torneos, y también podrá prestarles instalaciones y, si hay presupuesto, material para hacer deporte. Además, el programa planea organizar torneos municipales todo el año, para que estudiantes de todos los niveles escolares puedan competir y echar porras.
- Art. 9Este artículo dice que el gobierno municipal va a promover y organizar el deporte de manera constante en todo el municipio. La idea es que hacer deporte es importante para tu formación, para competir y para divertirte, además de que te ayuda a mantenerte sano física y mentalmente. También se menciona que practicar deporte sirve para prevenir que la gente cometa delitos, porque te mantiene ocupado en algo sano. En pocas palabras, quieren que todos tengamos acceso al deporte como una herramienta para estar bien y vivir en paz.
- Art. 10El artículo 10 dice que el gobierno municipal va a analizar en qué zonas se necesitan escuelas para empezar a practicar deportes. Para decidir dónde abrirlas, van a tomar en cuenta qué deporte es más popular o cuál le interesa más a la gente de esa comunidad. Así, si en tu colonia la raza juega mucho fut, podrían poner una escuela de fut. Es como hacer un estudio para saber qué se necesita y luego actuar.
- Art. 11El artículo dice que el municipio se va a encargar de echar a andar torneos deportivos en las colonias, los barrios, los pueblos o cualquier comunidad del municipio. Esto es para que la gente tenga oportunidades de hacer deporte cerca de su casa. La autoridad local va a promover y organizar estos eventos para que todos puedan participar.
- Art. 12El artículo 12 dice que se van a hacer torneos especiales donde participan los campeones de todas las ligas y clubes deportivos. Esto aplica para todas las categorías (por edades o niveles) y ramas (como varonil y femenil). En otras palabras, si un equipo o persona gana su liga, va a competir contra otros campeones en un torneo más grande.
- Art. 13El artículo 13 dice que el gobierno municipal va a hacer un conteo oficial de todas las canchas, gimnasios y lugares para hacer deporte que hay en tu municipio. La idea es saber en qué estado están y cómo se usan actualmente, para que se les dé un mejor provecho y no estén abandonados. Todos esos espacios se van a anotar en un registro especial del municipio, como una lista oficial para llevar su control. Así, con esa información, se busca que puedas usarlos más y de manera más ordenada.
- Art. 14Este artículo dice que, por medio del programa, se va a apoyar y fomentar que los deportistas y todas las personas involucradas reciban enseñanza y capacitación. Esto incluye temas como activación física, cultura del deporte, y también cuidado de la salud mental y física. Básicamente, busca que aprendan a entrenar mejor y a cuidar su cuerpo y mente.
- Art. 15El artículo 15 dice que se va a dar apoyo, información y promoción a toda la gente sobre los deportes y cómo practicarlos bien. También van a ofrecer materiales como libros y guías para ayudar a formar a entrenadores, instructores y cualquier persona que quiera aprender más del tema. Todo esto es para fomentar el deporte como una actividad educativa y de crecimiento personal.
- Art. 16Con este programa, el municipio va a armar un expediente o recuerdo (la Memoria Municipal del Deporte) para que todos conozcamos a los atletas, entrenadores y promotores más chingones de la zona. También va a juntar información sobre los eventos deportivos más importantes, y con eso podrán hacer anuncios o materiales para dar a conocer a los deportistas destacados que pertenecen al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz. En corto, es como un archivo público para presumir y recordar a quienes ponen en alto al municipio haciendo deporte.
- Art. 17Este artículo habla del deporte recreativo, o sea, el que no es profesional ni de competencia. El programa busca que la gente haga ejercicio, juegue o haga actividades físicas por gusto y para divertirse, aprovechando su tiempo libre. La idea es que más personas se animen a moverse y a pasarla bien, no para ganar medallas, sino para sentirse bien. Es como cuando sales a correr, juegas fut con los cuates o te avientas unos pasos de baile solo por el gusto de hacerlo.
- Art. 18El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz lo van a dirigir y administrar tres cosas: un Consejo de Gobierno, un Director General y las oficinas o áreas que se creen según el Reglamento Interno y el dinero disponible. Esas oficinas o áreas van a hacer lo que les digan el Reglamento Interno y el Consejo. Además, el Instituto debería estar coordinado, en la medida de lo posible, por deportistas destacados del municipio que sean sociables, responsables y sepan de administración deportiva. También tienen que conocer y apoyar a todos los deportistas y a la sociedad de Tlalnepantla.
- Art. 19El Consejo es el grupo de personas que toma las decisiones importantes del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz. Está formado por un Presidente (que es el Presidente Municipal), un Secretario Técnico (el Director del Instituto), y dos vocales: un regidor encargado de deportes y una persona del mundo del deporte propuesta por el Director del Instituto. Ser parte del Consejo es honorífico, o sea, no reciben pago por ese trabajo. Todos los miembros pueden dar su opinión y votar en las decisiones.
- Art. 20Los miembros del Consejo van a estar en su puesto durante todo el tiempo que dure el gobierno municipal para el que fueron elegidos. Cada integrante del Consejo tiene que elegir por escrito a una persona que lo reemplace si falta, a esa persona se le llama suplente.
- Art. 21El Consejo tiene juntas normales al menos cada tres meses, y juntas extras cuando se necesiten, siempre y cuando avisen con tiempo. Para que una junta sea legal, debe estar presente más de la mitad de los miembros. Las decisiones se toman cuando la mayoría de los que están en la junta votan a favor o cuando todos están de acuerdo. Si hay empate en la votación, la persona que preside el Consejo tiene el voto decisivo para romperlo.
- Art. 22El Consejo tiene como tareas principales: aprobar el reglamento interno y el manual de organización del Instituto de Deporte de Tlalnepantla, definir sus reglas generales y asignarle su patrimonio (sus bienes y recursos). También debe aprobar los planes y proyectos que proponga el Director, revisar y autorizar el presupuesto anual y los estados financieros (documentos que muestran el dinero que entra y sale), y nombrar o quitar al Director cuando sea necesario. Además, evalúa si los programas del Instituto están funcionando bien, busca conseguir dinero de otras fuentes (como patrocinios), y puede invitar a funcionarios de otros niveles de gobierno a sus juntas si se necesita. Por último, tiene cualquier otra función que le den esta ley y otras reglas relacionadas.
- Art. 23El Consejo elige al director del área, pero antes el presidente municipal tiene que proponer a alguien. Prefieren que esa persona sea originaria del municipio, que tenga experiencia en deportes, sepa de administración pública y esté comprometida con la comunidad. Básicamente, buscan a un conocedor del lugar y con ganas de ayudar.
- Art. 24El Director o Directora del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla tiene varias responsabilidades. Entre ellas, puede representar legalmente al Instituto, pero para vender o comprar propiedades necesita permiso del Consejo. También debe cumplir con los acuerdos del Consejo, vigilar que se cumplan los objetivos y programas, y firmar contratos siempre que el Consejo esté de acuerdo. Además, tiene que presentar al Consejo los proyectos de trabajo y el presupuesto anual, contratar o despedir al personal, y comprar lo necesario para el Instituto sin pasarse del presupuesto autorizado. Por último, debe rendir informes a las autoridades y publicarlos en la Gaceta Municipal y en plataformas digitales para que todo sea transparente y la ciudadanía pueda enterarse.
- Art. 25El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz tiene su propio dinero y bienes, que se juntan de varias formas. Cada año, el Municipio le debe dar al menos el 2% de todo su presupuesto de gastos. También recibe cosas como edificios, terrenos, muebles o equipos que el Ayuntamiento le preste o asigne. Además, puede recibir dinero o apoyos del gobierno federal, estatal o municipal, así como donativos, cooperaciones o dinero que consiga por sus propios servicios. Todo eso, junto con lo que gane por prestar servicios de deporte o cultura física, forma parte de su patrimonio.
- Art. 26El Instituto puede hacer acuerdos con escuelas, universidades, empresas o dependencias del gobierno. La idea es que estos acuerdos sirvan para impulsar el voluntariado en el deporte, las prácticas profesionales de los estudiantes y programas que involucren a diferentes sectores de la sociedad.
- Art. 27El Instituto y sus trabajadores tienen una relación laboral que se maneja con las reglas de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, que es como el manual para empleados del gobierno. La ley entra en vigor un día después de que se publique en el periódico oficial del gobierno, que es donde se anuncian las nuevas reglas. El municipio de Tlalnepantla tiene hasta 90 días para poner en marcha el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte y darle lo necesario, como personal, dinero y materiales. Además, el Consejo del Instituto debe crear su propio reglamento interno en un plazo de 60 días después de que esté instalado.