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Artículo 4 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto va a funcionar siguiendo cinco reglas básicas. Primero, la gente del municipio puede participar y opinar en lo que haga. Segundo, se busca que nadie quede fuera, tratando igual a hombres y mujeres. Tercero, todo debe ser accesible para cualquier persona, sin importar sus capacidades. Cuarto, el Instituto tiene que ser transparente y explicar en qué gasta el dinero. Quinto, deben capacitarse bien para ofrecer un deporte de calidad.

Texto oficial

ARTÍCULO 4.- Las actividades del Instituto se regirán bajo los principios de: I. Participación ciudadana; II. Inclusión social y enfoque de género; III. Accesibilidad universal; IV. Transparencia y rendición de cuentas; y Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 4 de junio de 2025. Sin reforma. LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TLALNEPANTLA DE BAZ 2 V. Profesionalización y excelencia deportiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.