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Artículo 25 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz tiene su propio dinero y bienes, que se juntan de varias formas. Cada año, el Municipio le debe dar al menos el 2% de todo su presupuesto de gastos. También recibe cosas como edificios, terrenos, muebles o equipos que el Ayuntamiento le preste o asigne. Además, puede recibir dinero o apoyos del gobierno federal, estatal o municipal, así como donativos, cooperaciones o dinero que consiga por sus propios servicios. Todo eso, junto con lo que gane por prestar servicios de deporte o cultura física, forma parte de su patrimonio.

Texto oficial

ARTÍCULO 25.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tlalnepantla de Baz, se integra con: I. La asignación anual de por lo menos el 2% del total del presupuesto de egresos del Municipio; II. Los bienes muebles e inmuebles que el Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado; III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal; IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social; y V. Los ingresos y utilidades que, en el ejercicio de sus atribuciones, obtenga por la prestación de sus servicios, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables. CAPÍTULO SEXTO GENERALIDADES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.