Artículo 2 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal 2026
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno del Estado de México tiene permiso para contratar unos instrumentos financieros llamados "derivados", que son como un seguro para protegerse de que las tasas de interés de sus deudas suban de golpe. Estos contratos pueden durar hasta 1,800 días (casi 5 años) y por un máximo de 16 mil millones de pesos, usando dinero de ingresos locales o federales para pagarlos. Solo pueden usarse para cubrir créditos que ya tienen, como los que se listan (por ejemplo, con BBVA o Banobras), sin pasarse del plazo ni del límite permitido por las leyes de disciplina financiera. Lo que buscan es evitar que el estado tenga que pagar más de lo previsto si las tasas de interés aumentan.
Texto oficial
Artículo 2.- Se autoriza al Gobierno del Estado a través de la persona Titular del Ejecutivo del Estado, por sí o por conducto de la Secretaría de Finanzas, para llevar a cabo la contratación de Instrumentos Derivados que conlleven obligaciones de pago a cargo del Estado, por plazos mayores a un año hasta por un plazo máximo de 1,800 días a partir de su contratación o inicio de la cobertura, para cubrir los riesgos de tasa de interés de los créditos que hayan sido contratados previamente y formen parte del saldo de la deuda pública del Gobierno del Estado de México, hasta por el monto nocional de $16,000,000,000.00 (Dieciséis mil millones de pesos 00/100 M.N.); los cuales tendrán como fuente de pago ingresos locales o participaciones federales, lo anterior, siempre y cuando no se rebase el plazo de los créditos a cubrir ni el techo de las contrataciones, de acuerdo con la clasificación del Sistema de Alertas establecidas en el artículo 46 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, 41 del Reglamento del Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios y el artículo 260 Ter del Código Financiero del Estado de México y Municipios. Los financiamientos para cubrir son los siguientes: CONTRATOS DE CRÉDITO CON TASA VARIABLE PORTAFOLIO CRÉDITOS POR CUBRIR SALDO AL 31/12/2025 Registro RPU 1 BBVA 8,500 8,148,771,500.00 P15-1018090 BANOBRAS 5,000 4,792,649,067.05 P15-1018092 BBVA 800 766,943,200.00 P15-1018089 BANOBRAS 5,000 4,793,395,000.00 P15-1018093 SANTANDER 3,000 2,717,238,000.00 P15-1018088 BANORTE 13,400 12,136,996,400.00 P15-1018091 TOTAL PORTAFOLIO 1 33,355,993,167.05 2 BANOBRAS 1,000 983,578,843.33 P15-0720070 BANOBRAS 1,500 1,476,480,434.97 P15-0720071 BANOBRAS 1,500 1,475,589,311.89 P15-0720072 BANAMEX 1,400 1,352,990,957.84 P15-1220103 BANOBRAS 600 579,915,423.25 P15-1220102 TOTAL PORTAFOLIO 2 5,868,554,971.28 3 BBVA 1,500 1,218,859,484.04 P15-0318010 SANTANDER 1,500 1,467,605,956.01 P15-0220020 BANAMEX 2,000 1,977,214,660.68 P15-0621021 BANOBRAS 1,000 988,698,957.11 P15-0621023 BANORTE 500 494,469,202.51 P15-0621024 BBVA 500 494,467,600.48 P15-0621022 TOTAL PORTAFOLIO 3 6,641,315,860.83
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