Artículo 7 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de carácter Estatal denominado Universidad Tecnológica "Fidel Velázquez"
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Directivo es el grupo de personas que toma las decisiones más importantes de la Universidad. Se forma con: tres representantes del Gobierno del Estado, dos del Gobierno Federal, uno del municipio de Nicolás Romero, tres de empresas de la región y tres de organizaciones sociales. Cada persona tiene un suplente que puede votar cuando el titular no está. Los representantes del gobierno pueden ser cambiados por quien los nombró, y los demás duran dos años en el cargo, con posibilidad de repetir otros dos.
Texto oficial
Artículo 7.- El Consejo Directivo, órgano de gobierno de la Universidad, se integrará por: I. Tres representantes del Gobierno del Estado, designados por el Ejecutivo Estatal; II. Dos representantes del Gobierno Federal, designados por el Secretario de Educación Pública; III. Un representante del Gobierno Municipal de Nicolás Romero, designado por el Ayuntamiento; IV. Tres representantes del sector productivo de la región; y V. Tres representantes del sector social, designados por el Secretario General de la Confederación de Trabajadores de México. Por cada miembro propietario se nombrará un suplente, quien en ausencia de aquél fungirá con voz y voto. Los miembros del Consejo a que se refieren las fracciones I, II y III, serán removidos por quien les designe, los demás miembros durarán en su cargo dos años, pudiendo ser ratificados por un período igual.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.