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Artículo 174 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que, para cuidar tu salud bucal (dientes, encías y boca), se deben hacer varias cosas: darte atención médica, enseñarte hábitos como lavarte los dientes y limpiarte toda la boca, y hacer programas para prevenir enfermedades. También se debe promover que tú mismo te revises la boca seguido y, especialmente en las escuelas, capacitar a maestros, papás y cuidadores para que ayuden a los niños y adolescentes a tener buena salud bucal desde chicos.

Texto oficial

Artículo 174. La prevención y control de enfermedades bucodentales comprende las siguientes acciones: I. Atención de la salud; II. Promoción e implementación de estrategias de prevención, detección oportuna y control de enfermedades bucodentales, así como hábitos de higiene como el cepillado dental y el barrido bucal, las cuales podrán realizarse en coordinación con las instituciones educativas, iniciando en la niñez y adolescencia; III. Elaboración y ejecución de programas de prevención y control; IV. Promoción del autocuidado y adiestramiento para el autoexamen bucal rutinario; y V. Promoción de medidas preventivas en espacios escolares y capacitación a la comunidad escolar, madres y padres de familia, tutores y cuidadores para mejorar la salud bucal de las niñas, niños y adolescentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 56) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.