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Artículo 299 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud del Estado de México tiene la tarea de recopilar, generar y analizar toda la información que se necesite para planear, programar y evaluar las políticas de salud, siguiendo las reglas de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. También debe obtener datos sobre cómo está y cómo cambia la salud de la población. En otras palabras, el gobierno estatal se encarga de juntar y estudiar los números y datos necesarios para tomar decisiones sobre salud pública y ver si están funcionando.

Texto oficial

Artículo 299. La Secretaría, en el ámbito de sus respectivas competencias, y de conformidad con la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, captará, producirá y procesará la Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 28 de abril de 2026. Sin reforma. LEY DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO 82 información necesaria para el proceso de planeación, programación y evaluación de las políticas públicas, así como sobre el estado y evolución de la salud pública.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 81) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.