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Artículo 5 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenango del Aire

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenango del Aire tiene el permiso de hacer varias cosas para promover el deporte. Por ejemplo, puede abrir escuelas de deportes gratis en colonias y pueblos, dar becas de comida o dinero a los mejores atletas del municipio, y organizar torneos para estudiantes desde kinder hasta prepa. También puede crear clubes deportivos, pedir ayuda a empresas o al gobierno, y dar asesoría a entrenadores y equipos. Además, debe llevar un registro de todos los deportistas, instalaciones y árbitros, y cuidar los espacios deportivos como la Unidad Deportiva Municipal.

Texto oficial

Artículo 5.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenango del Aire, tendrá las siguientes facultades: I. Crear escuelas populares de iniciación deportiva en pueblos, comunidades, barrios y colonias del municipio de Tenango del Aire; II. Crear el sistema municipal de becas académicas, económicas y alimenticias para deportistas distinguidos del municipio; III. Crear torneos estudiantiles permanentes en los niveles: preescolar, primaria, secundaria y media superior; IV. Organizar clubes deportivos populares permanentes; V. Involucrar a los sectores públicos, social y privado en el deporte municipal; VI. Presentar públicamente los programas deportivos municipales, sus objetivos, metas, estrategias y resultados; VII. Otorgar dirección técnica de calidad a representaciones municipales; VIII. Otorgar asesorías al deporte formativo y de recreación; IX. Promover el uso de instalaciones deportivas públicas y privadas; X. Promover y desarrollar instalaciones públicas y privadas; XI. Desarrollar corrientes sociales y deportivas del merito; XII. Crear el registro municipal de instalaciones deportivas; XIII. Crear el registro municipal de deportistas, deportes, clubes, ligas y torneos deportivos; XIV. Crear el registro municipal de jueces, árbitros, entrenadores, profesores de educación física, médicos del deporte, psicólogos del deporte y escuelas del deporte; XV. Brindar apoyo logístico a los eventos deportivos que se desarrollan en el municipio; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 1 de agosto de 2006. Última reforma POGG: 10 de agosto de 2011 LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE DE TENANGO DEL AIRE 3 XVI. Recibir donativos, celebrar convenios, gestionar apoyos y/o patrocinios de los sectores público y privado, estatal y federal; XVII. Administrar y conservar, con el apoyo del Ayuntamiento, la Unidad Deportiva Municipal y los demás espacios deportivos y recreativos del Municipio; y XVIII. Las demás que las leyes de la materia le señalen. CAPITULO TERCERO DE SUS PROGRAMAS BASICOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

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