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Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Atlautla

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 16 habla del deporte recreativo, que es el que juegas por gusto y para divertirte, no para competir profesionalmente. Dice que tú mismo puedes organizar tu forma de practicarlo, decidir cómo pagarlo y cómo hacerlo crecer, siempre pensando en que te beneficie a ti, pero sin olvidar que también debe ayudar a la sociedad. En otras palabras, el deporte recreativo es libre y no necesita permisos especiales, solo tienes que cuidar que no perjudique a los demás.

Texto oficial

Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPITULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.