Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Atlautla
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 16 habla del deporte recreativo, que es el que juegas por gusto y para divertirte, no para competir profesionalmente. Dice que tú mismo puedes organizar tu forma de practicarlo, decidir cómo pagarlo y cómo hacerlo crecer, siempre pensando en que te beneficie a ti, pero sin olvidar que también debe ayudar a la sociedad. En otras palabras, el deporte recreativo es libre y no necesita permisos especiales, solo tienes que cuidar que no perjudique a los demás.
Texto oficial
Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPITULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.