- Ley
- Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Atlautla
- Artículo
- 22
Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Atlautla
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El director lo elige la junta directiva, pero solo después de que el presidente municipal proponga a alguien para el puesto. Esto significa que el presidente municipal es quien sugiere el nombre, y la junta directiva decide si lo acepta o no. La persona que quede como director tiene que ser aprobada por ambas partes.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.