Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Cocotitlán
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El dinero y los bienes del Instituto de Deportes de Cocotitlán se consiguen de varias fuentes. Primero, el Ayuntamiento le da el 2% de todo su presupuesto anual. También le entrega muebles (como escritorios o computadoras) e inmuebles (terrenos o edificios) porque es una oficina del gobierno municipal. Además, recibe apoyos económicos o servicios del gobierno federal, estatal y municipal. Por último, puede obtener ingresos por donaciones, por hacer negocios con empresas privadas, o por cobrar por los servicios que ofrece, como rentar canchas o dar clases.
Texto oficial
Artículo 24.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Cocotitlán, se integra con: I. La asignación del 2% del total del presupuesto de egresos del H. Ayuntamiento. II. Los bienes muebles e inmuebles que el H. Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado. III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 1 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE COCOTITLAN 6 IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social. V. Los ingresos y utilidades que obtenga por prestación de sus servicios. CAPITULO SEXTO GENERALIDADES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.