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Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ozumba

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva es el grupo de personas que toman las decisiones importantes del Instituto de Deportes de Ozumba. Este artículo dice que sus tareas son: aprobar el reglamento interno (las reglas de cómo funciona el instituto), definir los lineamientos generales (las instrucciones principales), y aprobar los planes y proyectos que proponga el director. También tienen que revisar y aprobar los estados financieros (cuánto dinero entra y sale), el presupuesto anual (lo que se planea gastar), y nombrar o ratificar al director. Además, pueden invitar a otras personas del gobierno a las juntas cuando sea necesario.

Texto oficial

Artículo 21.- Son atribuciones de la junta directiva: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ozumba; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ozumba; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 1 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE OZUMBA 5 III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte del director; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de la presente ley y de los ordenamientos jurídicos correlativos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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