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Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Juchitepec

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director lo elige la junta directiva, pero solo después de que el presidente municipal proponga a alguien para el puesto. La junta no puede nombrar a cualquier persona que se le ocurra, tiene que ser alguien que el presidente sugiera primero. En pocas palabras, el presidente municipal da el primer paso diciendo "yo quiero que esta persona sea el director", y luego la junta decide si lo acepta o no.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.