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Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Aculco

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 21 dice cuáles son las tareas del grupo de personas que dirigen el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Aculco (la junta directiva). Este grupo tiene que aprobar las reglas internas del Instituto y fijar las instrucciones generales para su funcionamiento. También debe revisar y aceptar los planes que proponga el director, checar los estados financieros (cómo se gasta y recibe el dinero) y aprobar el presupuesto anual (lo que se planea gastar y recibir cada año). Además, puede nombrar o confirmar al director, evaluar cómo van los programas, buscar otras formas de conseguir dinero y, si es necesario, invitar a funcionaros de otros gobiernos a sus juntas.

Texto oficial

Artículo 21.- Son atribuciones de la junta directiva: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Aculco; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Aculco; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 1 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE ACULCO 5 IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte del director; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de la presente ley y de los ordenamientos jurídicos correlativos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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