Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Aculco
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El director lo escoge la junta directiva, pero solo si el presidente municipal propone a esa persona primero. O sea, el presidente municipal dice quién quiere que sea el director, y luego los demás miembros de la junta deciden si lo aceptan o no. Es como cuando alguien sugiere a un candidato para un puesto y el equipo da el visto bueno.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.