- Ley
- Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios
- Artículo
- 15
Artículo 15 de la Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El DIFEM (Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México) va a tener las oficinas o áreas de trabajo necesarias para cumplir con lo que dice esta Ley. Las tareas y poderes de esas áreas van a estar escritas en un reglamento que se va a publicar después.
Texto oficial
Artículo 15.- El DIFEM contará con las unidades administrativas mínimas requeridas para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, y sus funciones y atribuciones quedarán contenidas en las disposiciones reglamentarias que al efecto se expidan.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.