Artículo 17 de la Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El DIFEM (que es como el mero jefe de la asistencia social en el estado) es el encargado de poner las reglas y supervisar todos los programas y servicios que los DIF de cada municipio (los SMDIF) ofrezcan a la gente. Los DIF municipales tienen que seguir los objetivos del sistema estatal, pero sin que el DIFEM se entrometa en su libertad como municipio, o sea, cada quien en su rollo. Además, el DIFEM debe echarles la mano a los DIF municipales dándoles apoyo, consejos y ayuda técnica o administrativa para que puedan cumplir con lo que se proponen.
Texto oficial
Artículo 17.- Quedará a cargo del DIFEM la rectoría, normatividad y control de los programas, acciones y servicios de asistencia social que presten los SMDIF, que deberán cumplir los objetivos del Sistema Estatal, respetando la autonomía municipal. El DIFEM brindará el apoyo, asesoría, colaboración técnica y administrativa que requieran los SMDIF, para el logro de sus objetivos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.