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Ley
Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios
Artículo
3

Artículo 3 de la Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se creen o apliquen programas de ayuda, se considera asistencia social a todas las acciones que buscan cambiar y mejorar las situaciones difíciles que no dejan que una persona se desarrolle por completo. Esto aplica cuando alguien está en una situación vulnerable, y también incluye cuidar su salud física, mental y social mientras se recupera. La meta es que esa persona pueda reintegrarse a una vida plena y productiva.

Texto oficial

Artículo 3.- En el diseño, establecimiento e implementación de los programas, acciones y servicios a que se refiere el artículo anterior, se entenderá por asistencia social al conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan al individuo su desarrollo integral, por las circunstancias de vulnerabilidad en que se encuentra, así como la protección física, mental y social, en tanto logra su restablecimiento, para incorporarse a una vida plena y productiva.

Ver texto oficial de la Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios (pág. 1) ↗

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