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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Atizapan
Artículo
3

Artículo 3 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Atizapan

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Atizapán es como una persona legal que tiene derechos y obligaciones. Se le da la libertad de tomar sus propias decisiones para que pueda cumplir con la tarea del municipio de fomentar el deporte y el ejercicio. En otras palabras, puede actuar por su cuenta sin que el gobierno municipal lo controle en cada paso, pero siempre dentro de lo que marca la ley. Su principal objetivo es asegurarse de que la gente del municipio tenga oportunidades para hacer deporte y activarse físicamente.

Texto oficial

Artículo 3.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Atizapán, es sujeto de derechos y obligaciones, otorgándosele autonomía necesaria para asegurar el cumplimiento del deber del municipio de promover el deporte y la cultura física.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Atizapan (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.