Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 2 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Axapusco

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Axapusco va a ser dirigido por personas que vienen del mundo del deporte local, que entienden bien a los atletas y a la comunidad del municipio. Estas personas deben estar comprometidas con todos los deportistas y con la gente de Axapusco en general. En pocas palabras, los que manejen el instituto tienen que ser gente del propio municipio que conozcan el deporte de la zona y se preocupen por los que hacen ejercicio o practican algún deporte.

Texto oficial

Artículo 2.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Axapusco, será manejado, entre otros, por personas que surjan del movimiento deportivo municipal, que conozcan y estén comprometidos con todos los deportistas y la sociedad en general del municipio de Axapusco.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.