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Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Calimaya

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto de Deporte de Calimaya obtiene su dinero y bienes de varias fuentes. Primero, el Ayuntamiento le da el 2% de todo su presupuesto anual. También recibe propiedades como edificios o terrenos que el gobierno municipal le asigne. Puede recibir apoyos económicos o materiales del gobierno federal, estatal o municipal. Además, acepta donativos, aportaciones voluntarias y cualquier otro ingreso que le llegue de empresas o particulares. Por último, se queda con el dinero que gane por los servicios que preste, como rentar instalaciones o cobrar por actividades deportivas.

Texto oficial

Artículo 24.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Calimaya, se integra con: I. La asignación del 2% del total del presupuesto de egresos del H. Ayuntamiento. II. Los bienes muebles e inmuebles que el H. Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 1 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE CALIMAYA 6 III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal. IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social. V. Los ingresos y utilidades que obtenga por prestación de sus servicios. CAPITULO SEXTO GENERALIDADES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

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