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Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Isidro Fabela

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva (el grupo de personas que toman decisiones importantes en una empresa o asociación) debe reunirse al menos cada tres meses de manera normal o planeada. También puede juntarse en cualquier momento si surge algo urgente que atender. Esto quiere decir que no hay límite para las reuniones de emergencia, y pueden ser tantas como se necesiten. Así, se aseguran de que siempre puedan resolver asuntos importantes sin esperar mucho tiempo.

Texto oficial

Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.