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Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Isidro Fabela

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director es la persona que va a estar a cargo, y la junta directiva (el grupo de personas que toman las decisiones importantes) lo elige, pero solamente si el presidente municipal lo sugiere primero. O sea, el presidente municipal propone a alguien, y la junta decide si lo acepta o no.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.