Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley50/2
Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Malinalco
Artículo
2

Artículo 2 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Malinalco

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Malinalco va a ser dirigido por personas que salgan del mismo ambiente deportivo del municipio. Esto quiere decir que los encargados deben ser gente que conozca bien a los deportistas locales y esté comprometida con ellos y con toda la comunidad de Malinalco. No van a poner a cualquier persona, sino a alguien que realmente entienda el deporte y las necesidades de la sociedad.

Texto oficial

Artículo 2.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Malinalco, será manejado, entre otros, por personas que surjan del movimiento deportivo municipal, que conozcan y estén comprometidos con todos los deportistas y la sociedad en general del municipio de Malinalco.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Malinalco (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.