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Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ocoyoacac

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva debe juntarse al menos cada tres meses para sus reuniones normales, pero también puede tener juntas extras cuando sea necesario. No importa si es una reunión de rutina o una especial, lo importante es que tomen acuerdos válidos. Esto aplica para cualquier asunto que necesite su atención.

Texto oficial

Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.