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Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ocoyoacac

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director de la dependencia es elegido por un grupo llamado junta directiva, pero primero el presidente municipal tiene que sugerir a la persona. La junta toma la decisión basándose en esa sugerencia. Es como cuando en una cooperativa el jefe propone a alguien y los demás deciden si lo aceptan o no.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.