Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ocoyoacac
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El director de la dependencia es elegido por un grupo llamado junta directiva, pero primero el presidente municipal tiene que sugerir a la persona. La junta toma la decisión basándose en esa sugerencia. Es como cuando en una cooperativa el jefe propone a alguien y los demás deciden si lo aceptan o no.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.