Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otumba
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla del deporte recreativo, o sea, el que haces por diversión, sin ser profesional. Dice que tú mismo puedes organizar cómo practicarlo, buscarle financiamiento y desarrollarlo como quieras, siempre y cuando te beneficie a ti sin olvidar el bien de los demás. En pocas palabras, puedes hacer tu propio desmadre deportivo, pero sin chingar a nadie.
Texto oficial
Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPITULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.