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Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otumba

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla del deporte recreativo, o sea, el que haces por diversión, sin ser profesional. Dice que tú mismo puedes organizar cómo practicarlo, buscarle financiamiento y desarrollarlo como quieras, siempre y cuando te beneficie a ti sin olvidar el bien de los demás. En pocas palabras, puedes hacer tu propio desmadre deportivo, pero sin chingar a nadie.

Texto oficial

Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPITULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.