Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 13 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 13 habla de que el gobierno municipal va a hacer un censo, es decir, un conteo detallado de todas las canchas, gimnasios y espacios deportivos que existen en el municipio. La idea es revisar en qué condiciones están y si la gente los está usando o no. Con esa información, quieren arreglar lo que esté mal y asegurarse de que esos lugares se aprovechen al máximo para que todos puedan hacer ejercicio.

Texto oficial

Artículo 13.- De las instalaciones deportivas. Con éste programa se pretende realizar un censo de instalaciones deportivas asentadas en el municipio con la finalidad de conocer su estado y uso actual, con el propósito de mejorar el uso adecuado y su plena utilización. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE PAPALOTLA 4

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.