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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla
Artículo
14

Artículo 14 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 14 habla sobre que el deporte de hoy debe responder a lo que la sociedad espera de él. Para lograrlo, es obligatorio que todas las personas involucradas en el deporte reciban capacitación, es decir, cursos o enseñanzas para mejorar. Esto aplica a atletas, entrenadores, jueces y cualquier otro participante. Básicamente, dice que para que el deporte cumpla su papel, todos deben estar bien preparados y actualizados.

Texto oficial

Artículo 14.- De la capacitación. El deporte en la época actual, debe cumplir con las expectativas sociales, para lo cual es imperativo que exista la capacitación en todos los que formen parte del deporte.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla (pág. 4) ↗

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