Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva tiene que reunirse al menos cada tres meses de manera normal, y también puede juntarse en cualquier momento si surge algo urgente. Las juntas normales son las que ya están planeadas, y las extraordinarias son para asuntos que no pueden esperar. Esto aplica sin importar si es temporada de vacaciones o días festivos. En pocas palabras, deben verse seguido para tomar decisiones importantes.

Texto oficial

Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.