Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La junta directiva del Instituto de Deporte de Papalotla tiene varias funciones importantes. Puede aprobar el reglamento interno y definir las reglas generales del Instituto. También puede revisar y dar el sí a los proyectos que proponga el director, así como checar las finanzas y el presupuesto anual de ingresos y gastos. Entre sus otras facultades, puede nombrar o confirmar al director, evaluar los planes, buscar otras fuentes de dinero y hasta invitar a otras autoridades a sus juntas si hace falta. Además, puede hacer todo lo que digan esta ley y otras leyes relacionadas.
Texto oficial
Artículo 21.- Son atribuciones de la junta directiva: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE PAPALOTLA 5 III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte del director; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de la presente ley y de los ordenamientos jurídicos correlativos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.