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Artículo 25 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Martín de las Pirámides

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 25 dice que el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Martín de las Pirámides tiene que seguir las reglas de dos leyes: la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México. Esto significa que el Instituto no puede hacer lo que quiera, sino que debe cumplir con lo que esas leyes le ordenan. Los artículos transitorios explican que esta ley debe publicarse en el periódico oficial del gobierno y empieza a aplicarse al día siguiente de esa publicación, es decir, el 4 de agosto de 2006. Además, el Ayuntamiento de San Martín de las Pirámides es el encargado de hacer todo lo necesario para que se instale el Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte. En pocas palabras, esta ley crea el Instituto y ya está vigente desde esa fecha.

Texto oficial

Artículo 25.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Martín de las Pirámides, estará sujeto a, la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, y la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México. T R A N S I T O R I O S ARTICULO PRIMERO.- Publíquese la presente ley en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. ARTICULO SEGUNDO.- La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación, en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. ARTICULO TERCERO.- El H. Ayuntamiento de San Martín de las Pirámides, México, proveerá lo necesario para la instalación del Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte. Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla. Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veinte días del mes de julio del año dos mil seis.- Presidente.- Dip. Felipe Ruíz Flores.- Secretarios.- Dip. Javier Jerónimo Apolonio.- Dip. Francisco Javier Viejo Plancarte.- Dip. Víctor Javier Sosa Muñiz.- Rúbricas. Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento. Toluca de Lerdo, Méx., a 3 de agosto del 2006. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE SAN MARTÍN DE LAS PIRÁMIDES 7 EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO ENRIQUE PEÑA NIETO (RUBRICA). EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO VICTOR HUMBERTO BENITEZ TREVIÑO (RUBRICA). APROBACIÓN: 20 de julio de 2006 PROMULGACIÓN: 3 de agosto de 2006 PUBLICACIÓN: 3 de agosto de 2006 VIGENCIA: 4 de agosto de 2006

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.