Artículo 25 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenancingo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenancingo tiene que seguir dos leyes importantes: la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y la Ley de Cultura Física y Deporte del mismo estado. Esta ley se publicó en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno" el 3 de agosto de 2006 y empezó a aplicarse al día siguiente, o sea, el 4 de agosto de 2006. También, el Ayuntamiento de Tenancingo debe hacer lo necesario para instalar el Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte. En pocas palabras, esta ley creó una oficina pública que se encarga del deporte y la activación física en Tenancingo, y ya está funcionando desde hace años.
Texto oficial
Artículo 25.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenancingo, estará sujeto a, la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, y la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México. T R A N S I T O R I O S ARTICULO PRIMERO.- Publíquese la presente ley en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. ARTICULO SEGUNDO.- La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación, en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. ARTICULO TERCERO.- El H. Ayuntamiento de Tenancingo, México, proveerá lo necesario para la instalación del Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte. Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla. Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veinte días del mes de julio del año dos mil seis.- Presidente.- Dip. Felipe Ruíz Flores.- Secretarios.- Dip. Javier Jerónimo Apolonio.- Dip. Francisco Javier Viejo Plancarte.- Dip. Víctor Javier Sosa Muñiz.- Rúbricas. Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento. Toluca de Lerdo, Méx., a 3 de agosto del 2006. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO ENRIQUE PEÑA NIETO (RUBRICA). Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TENANCINGO 7 EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO VICTOR HUMBERTO BENITEZ TREVIÑO (RUBRICA). APROBACIÓN: 20 de julio de 2006 PROMULGACIÓN: 3 de agosto de 2006 PUBLICACIÓN: 3 de agosto de 2006 VIGENCIA: 4 de agosto de 2006
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.