Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenango del Valle
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La junta directiva (el grupo de personas que toman decisiones importantes en una organización) debe juntarse al menos cada tres meses de forma normal u ordinaria. También pueden tener juntas urgentes o especiales cada vez que sea necesario. No hay un límite para esas juntas extras.
Texto oficial
Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.