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Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenango del Valle

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva (el grupo de personas que toman decisiones importantes en una organización) debe juntarse al menos cada tres meses de forma normal u ordinaria. También pueden tener juntas urgentes o especiales cada vez que sea necesario. No hay un límite para esas juntas extras.

Texto oficial

Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.