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Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenango del Valle

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero y bienes con los que cuenta el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenango del Valle vienen de varias fuentes. Reciben el 2% de todo el presupuesto que gasta el Ayuntamiento cada año. También les tocan los terrenos, edificios, muebles o equipos que el Ayuntamiento les dé por ser una oficina del gobierno. Además, pueden recibir lana, apoyos, donativos o cualquier cosa de valor del gobierno federal, estatal, municipal, o hasta de empresas o personas particulares. Por último, todo lo que ganen por los servicios que cobren (como rentar una cancha o dar clases) también es parte de su patrimonio.

Texto oficial

Artículo 24.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenango del Valle, se integra con: I. La asignación del 2% del total del presupuesto de egresos del H. Ayuntamiento. II. Los bienes muebles e inmuebles que el H. Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado. III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal. IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social. V. Los ingresos y utilidades que obtenga por prestación de sus servicios. CAPITULO SEXTO GENERALIDADES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

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