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Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Texcaltitlán

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la junta directiva del Instituto de Deportes de Texcaltitlán tiene varias funciones importantes. Puede aprobar el reglamento interno del Instituto, es decir, las reglas de cómo va a funcionar. También define los lineamientos generales, que son las guías para el trabajo del Instituto. Aprueba el presupuesto anual (cuánto dinero entra y sale), los planes y proyectos, y elige o confirma al director. Además, evalúa los programas, busca formas de conseguir más dinero, e invita a otros funcionarios del gobierno a sus reuniones si hace falta.

Texto oficial

Artículo 21.- Son atribuciones de la junta directiva: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Texcaltitlán; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TEXCALTITLÁN 5 II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Texcaltitlán; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte del director; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de la presente ley y de los ordenamientos jurídicos correlativos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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