Artículo 3 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Texcaltitlán
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Texcaltitlán es como una persona para la ley, porque puede tener derechos y obligaciones. Se le da libertad para actuar por su cuenta, sin que el municipio tenga que meterse en todo lo que hace. Su trabajo es asegurarse de que el ayuntamiento cumpla con su deber de fomentar el deporte y la actividad física en la comunidad.
Texto oficial
Artículo 3.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Texcaltitlán, es sujeto de derechos y obligaciones, otorgándosele autonomía necesaria para asegurar el cumplimiento del deber del municipio de promover el deporte y la cultura física.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.