- Ley
- Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Texcalyacac
- Artículo
- 22
Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Texcalyacac
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La junta directiva elige al director, pero solo puede escoger a la persona que el presidente municipal proponga. O sea, el presidente municipal sugiere a alguien y la junta lo nombra. El director no se elige por voto abierto ni por concurso, sino siguiendo esta propuesta. Es como cuando te recomiendan para un puesto y tu jefe acepta la sugerencia.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.