Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Timilpan
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de dónde consigue dinero y bienes el Instituto Municipal de Deportes de Timilpan. Primero, el Ayuntamiento le da el 2% de todo lo que gasta en su presupuesto anual. También le puede dar propiedades, como edificios o terrenos, y muebles como escritorios o equipo. Además, el Instituto puede recibir lana o apoyos del gobierno federal, estatal o municipal, así como donaciones o cooperaciones de particulares o empresas. Por último, todo lo que gane vendiendo sus servicios o productos también es parte de su patrimonio.
Texto oficial
Artículo 24.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Timilpan, se integra con: I. La asignación del 2% del total del presupuesto de egresos del H. Ayuntamiento. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE TIMILPAN 6 II. Los bienes muebles e inmuebles que el H. Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado. III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal. IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social. V. Los ingresos y utilidades que obtenga por prestación de sus servicios. CAPITULO SEXTO GENERALIDADES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.