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Artículo 23 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Timilpan

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director del Instituto de Cultura Física y Deporte de Timilpan tiene varias tareas importantes. Debe representar legalmente al instituto, es decir, hablar y tomar decisiones en su nombre. También tiene que cumplir las órdenes de la junta directiva, que es como el grupo de personas que supervisan el instituto. Entre sus obligaciones está firmar contratos y acuerdos con otras personas o instituciones para lograr los objetivos del instituto. Además, debe presentar cada año los planes de trabajo y el presupuesto (cuánto dinero se va a gastar y de dónde va a salir) para que la junta los revise y autorice.

Texto oficial

Artículo 23.- Son facultades y obligaciones del director, las siguientes: I. Representar al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Timilpan; II. Dar cumplimiento a los acuerdos de la junta directiva; III. Vigilar el cumplimiento de los objetivos y programas del instituto; IV. Celebrar acuerdos, convenios y contratos de coordinación para el cumplimiento de los planes y proyectos del instituto; V. Presentar ante la junta directiva el proyecto del programa operativo del instituto; VI. Presentar ante la junta directiva el proyecto anual del presupuesto de ingresos y de egresos; VII. Adquirir conforme a las normas los bienes necesarios y previa autorización del consejo, para el mejor cumplimiento de sus objetivos; VIII. Prever lo necesario para el debido cumplimiento de los programas y el logro de los objetivos; y IX. Las que le confieren la presente ley, el reglamento interno y la junta directiva CAPITULO QUINTO DE SU PATRIMONIO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.