- Ley
- Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Timilpan
- Artículo
- 22
Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Timilpan
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El director es elegido por la junta directiva, pero primero el presidente municipal tiene que proponer a alguien para ese puesto. La junta directiva escoge a la persona que el presidente sugiere. O sea, el presidente municipal da una recomendación y la junta directiva la acepta y nombra al director. No pueden nombrar a alguien sin antes tener la propuesta del presidente.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.