Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley64/20
- Ley
- Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tonanitla
- Artículo
- 20
Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tonanitla
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La junta directiva debe juntarse a hablar de los asuntos del grupo al menos cada tres meses, eso es lo normal. Pero si surge algo urgente, pueden hacer reuniones extraordinarias las veces que haga falta. Todo esto lo deciden entre los miembros de la junta.
Texto oficial
Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.